Hot! Gallery Rechazo a la ley que impone el descanso dominical-Es ley el cierre dominical de los comercios grandes

ley donminicalLos adventistas de La Pampa iniciaron una campaña de recolección de firmas contra la recientemente aprobada ley de «Regulación de Horarios de Actividades Comerciales», más conocida como ley de «descanso dominical obligatorio». Desde la Iglesia Adventista del Séptimo Día argumentan que «el descanso dominical obligatorio vulneraría los derechos individuales de las personas» y afectaría «la libertad laboral religiosa y de conciencia» de muchos ciudadanos.
En dos solicitadas publicadas en mayo y junio, los adventistas reivindicaron su fe, que respeta «el sábado como día de descanso bíblico» y reclamaron a los legisladores provinciales que no aprobaran el proyecto. Sin embargo, el jueves pasado, durante la sesión ordinaria, la Legislatura provincial aprobó, por amplia mayoría (sólo se abstuvo Sandra Fonseca) el descanso dominical obligatorio, con el apoyo de los empleados de comercio y también de los empresarios nucleados en CAME.

El veto de Capitanich.
En un informe enviado a esta redacción, los adventistas pampeanos recordaron que una ley similar, aprobada por la legislatura del Chaco en noviembre de 2011, fue vetada por el gobernador Jorge Capitanich, que la consideró «inconstitucional». Efectivamente, esa ley (Nº 6878) «viola la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y los tratados internacionales» afirmó Capitanich, además de regular «dos materias que escapan a la competencia natural de la Legislatura provincial: comercio y trabajo».
Según el mandatario chaqueño, el principio de supremacía de leyes impide a las provincias legislar sobre derecho comercial y derecho laboral de fondo. Por ello, esta ley «padece visos de inconstitucionalidad que al postre generarían en la provincia una anarquía en el régimen legal, afectándose seriamente la seguridad jurídica y la calidad institucional», lo que podría derivar además en «conflictos judiciales con las personas afectadas por la restricción, situaciones que deben prevenirse».
El chaqueño recordó además que el «artículo 18 del decreto nacional 2248/91 (firmado por Carlos Menem) suprime «toda restricción de horarios y días de trabajo en la prestación de servicios de venta, empaque, administración, expedición y otras actividades comerciales afines, sin perjuicio de los derechos individuales del trabajador». Ese decreto fue ratificado por Ley Nacional 24307 y las provincias adhirieron en 1993, mediante el Pacto Federal, un acuerdo que la Corte ha considerado como instrumento legal integrado al derecho intrafederal argentino. Como las leyes nacionales tienen privilegio frente a las provinciales, «al contrariar una ley de rango superior, esta norma devendría en inconstitucional».
De todas maneras, si el gobernador Oscar Jorge opinara igual que su par chaqueño y vetara la norma, la Legislatura provincial estaría en condiciones de ratificarla con los dos tercios de sus diputados, ya que el proyecto contó con la adhesión de los bloques mayoritarios.

Argumentos religiosos.
Frente al argumento de que sus cuestionamientos provienen de dogmas teológicos, los adventistas afirman que también la ley recientemente aprobada tiene fundamentos religiosos y citan el apoyo «del papa Francisco al cierre de comercios los domingos», una posición que Jorge Bergoglio defendía como cardenal porteño y que ahora apoya como máxima autoridad de la Iglesia Católica. Osvaldo Cornide, titular de CAME, mantuvo una audiencia con el Papa a principios de este mes y le entregó un documento con detalles de la campaña para el cierre de los domingos. Bajo el título «Cierre dominical del comercio minorista», el informe incluye el subtítulo «Domingo y descanso en la visión cristiana».
Luego de visitar, sin éxito, a varios diputados provinciales, los adventistas iniciaron una campaña de firmas «a favor de que se garantice el derecho individual a elección del día de descanso obligatorio». Advierten que ya sumaron más de 700 firmas de vecinos de La Pampa «que quieren garantizar la libertad del individuo a elegir su día de descanso».
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